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Es verdad que hay terrazas en ..?

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  • #16
    Originalmente Escrito por yoyo Ver Mensaje
    .....y . .¡Por Dios, hagas lo que hagas, pagues lo que pagues, que un visado de "mierda" no te amargue el viaje, disfrutalo,

    PD: perdonarme la palabrota, pero es que no entiendo que 30 euros y 10 minutos puedan amargar a nadie 8 días de viaje.
    No se puede estar mas deacuerdo contigo. Pero eso, el ínclito Ben no lo entiende ni entenderá jamás.

    Volviendo al tema que nos ocupa, lo de las terrazas se refieren no a las terrazas a pie de calle si no en otros sitios, como por ej. el pizza hut enfrente de la esfinge. Te recomiendo que acudas allí una vez cerrada la meseta, a eso de las 5 de la tarde. Sobre las 18.30 mejor todavía pues atardece y se llama al rezo, con lo cual el panorama es espectacular.
    ve al pizza hut, a la segunda planta y di que quieres tomar un te en la terraza. Te subiran y podrás disfrutar de la mejor panorámica de las pirámides en todo el cairo.
    Saludos,

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    • #17
      tienes razón

      Lo he estado pensando, la verdad es que no se si volveré o no a Egipto, así que para una vez que voy no voy a darle importancia a eso.
      Que me timan...pues bueno que me quiten lo bailao.
      Gracias

      Originalmente Escrito por yoyo Ver Mensaje
      Hola , ya veo que con tanto lio al final no se entiende nada.
      Te puedes fiar de la gente, no hay nadie que engañe nadie el tema es el siguiente:
      1. El precio del visado real es de 15 $, que puedes comprar en Egipto en cada aeropuerto de llegada.
      2. Las agencias cobran por este servicio 35-40 euros, donde uno de los representantes ya las ha comprado, te la pega, y te guia hasta pasar la aduana.

      La discusion es si eso es un timo o no. Y tienes 2 posturas:

      A. hay quien considera que cobrar 40 euros es un timo si o si
      B. hay quien entiende que es un servicio que da la agencia como los gastos de emision de billetes cuando compras por internet, por poner un ejemplo.

      Y bueno, sin que los que defiendan B, contradigan el punto 1, los que defienden A no aceptan de ninguna manera que se cobre lo del punto 2 ni que defiendan el punto B. jejejeje, yo entiendo todo el embrollo pero no se si se entiende en general.

      Para resumir: Si quieres pagar 12E sacandote tú misma el visado debes:
      1. Si vas por la agencia pregunta cuales son los gastos de visado.
      2. Si te los incluyen, pide que no los quieres (creo que se puede hacer porque es un servicio extra que no estas obligado a coger, al menos yo siempre lo he pedido y me los han quitado)
      3. No te fies que no te los cobren en el primer momento, porque si lees el contrato es posible que ponga lo de "pagar en destino", así que preguntalo por si las moscas.
      4. Si todo lo anterior falla, puedes intentar sacarte de todas formas el visado una vez estes allí, o al final pagas los 40 euros.

      Porque lo del visado creo que HABLANDO con la agencia o quien oferta las excursiones, seguro que se puede llegar a un acuerdo.

      Después tenemos el tema excursiones. No se exactamente cuanto dinero piden pero si las compras en el paquete cuando estas en el crucero es un paston He leido por ahi que alrededor de 60-75 euros excursion/pers. Y entonces hay varias posturas (lo resumo)

      1. quien decide hacerlas con otra agencia una vez que estas allí, sea via hotel o algún contacto de por aqui, que no se cuanto sale pero puede que unos 50 euros (al menos es el precio de agencias de allí). Éstas con guia
      2. quien decide pillarse un taxi que puede salir 25-35 euros. Pero vas sin guia

      Y no se bien porque hay discusion (si la hay) sobre este tema, porque cada uno que lo haga como le de la gana.

      En fin, que mejor será que hagas preguntas concretas que la gente pueda ir respondiendote para aclararte cosas, porque mentir, ni engañar nadie miente.

      y . .¡Por Dios, hagas lo que hagas, pagues lo que pagues, que un visado de "mierda" no te amargue el viaje, disfrutalo,

      PD: perdonarme la palabrota, pero es que no entiendo que 30 euros y 10 minutos puedan amargar a nadie 8 días de viaje.

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      • #18
        pizza hut?no me imaginaba uno allí

        Hola, la verdad es que no me imaginaba un pizza hut en el cairo,jejeje que bién ! y mucho mejor la opción de tomar el té en la terraza.
        Gracias










        Originalmente Escrito por userkaf Ver Mensaje
        No se puede estar mas deacuerdo contigo. Pero eso, el ínclito Ben no lo entiende ni entenderá jamás.

        Volviendo al tema que nos ocupa, lo de las terrazas se refieren no a las terrazas a pie de calle si no en otros sitios, como por ej. el pizza hut enfrente de la esfinge. Te recomiendo que acudas allí una vez cerrada la meseta, a eso de las 5 de la tarde. Sobre las 18.30 mejor todavía pues atardece y se llama al rezo, con lo cual el panorama es espectacular.
        ve al pizza hut, a la segunda planta y di que quieres tomar un te en la terraza. Te subiran y podrás disfrutar de la mejor panorámica de las pirámides en todo el cairo.
        Saludos,

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        • #19
          Originalmente Escrito por nugaegiptian Ver Mensaje
          Hola, la verdad es que no me imaginaba un pizza hut en el cairo,jejeje que bién ! y mucho mejor la opción de tomar el té en la terraza.
          Gracias
          pizza hut,Mc donalds y esas cosas......es la capital de egipto....hay de todo

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          • #20
            Originalmente Escrito por yoyo Ver Mensaje
            Hola , ya veo que con tanto lio al final no se entiende nada.
            Te puedes fiar de la gente, no hay nadie que engañe nadie el tema es el siguiente:
            1. El precio del visado real es de 15 $, que puedes comprar en Egipto en cada aeropuerto de llegada.
            2. Las agencias cobran por este servicio 35-40 euros, donde uno de los representantes ya las ha comprado, te la pega, y te guia hasta pasar la aduana.

            La discusion es si eso es un timo o no. Y tienes 2 posturas:

            A. hay quien considera que cobrar 40 euros es un timo si o si
            B. hay quien entiende que es un servicio que da la agencia como los gastos de emision de billetes cuando compras por internet, por poner un ejemplo.

            Y bueno, sin que los que defiendan B, contradigan el punto 1, los que defienden A no aceptan de ninguna manera que se cobre lo del punto 2 ni que defiendan el punto B. jejejeje, yo entiendo todo el embrollo pero no se si se entiende en general.

            Para resumir: Si quieres pagar 12E sacandote tú misma el visado debes:
            1. Si vas por la agencia pregunta cuales son los gastos de visado.
            2. Si te los incluyen, pide que no los quieres (creo que se puede hacer porque es un servicio extra que no estas obligado a coger, al menos yo siempre lo he pedido y me los han quitado)
            3. No te fies que no te los cobren en el primer momento, porque si lees el contrato es posible que ponga lo de "pagar en destino", así que preguntalo por si las moscas.
            4. Si todo lo anterior falla, puedes intentar sacarte de todas formas el visado una vez estes allí, o al final pagas los 40 euros.

            Porque lo del visado creo que HABLANDO con la agencia o quien oferta las excursiones, seguro que se puede llegar a un acuerdo.

            Después tenemos el tema excursiones. No se exactamente cuanto dinero piden pero si las compras en el paquete cuando estas en el crucero es un paston He leido por ahi que alrededor de 60-75 euros excursion/pers. Y entonces hay varias posturas (lo resumo)

            1. quien decide hacerlas con otra agencia una vez que estas allí, sea via hotel o algún contacto de por aqui, que no se cuanto sale pero puede que unos 50 euros (al menos es el precio de agencias de allí). Éstas con guia
            2. quien decide pillarse un taxi que puede salir 25-35 euros. Pero vas sin guia

            Y no se bien porque hay discusion (si la hay) sobre este tema, porque cada uno que lo haga como le de la gana.

            En fin, que mejor será que hagas preguntas concretas que la gente pueda ir respondiendote para aclararte cosas, porque mentir, ni engañar nadie miente.

            y . .¡Por Dios, hagas lo que hagas, pagues lo que pagues, que un visado de "mierda" no te amargue el viaje, disfrutalo,

            PD: perdonarme la palabrota, pero es que no entiendo que 30 euros y 10 minutos puedan amargar a nadie 8 días de viaje.

            Bueno vamos a ver el visaod vale 15$ (11€) no vale 34€ eso es un sobreprecio brutal de mas del triple que alla es un fortuna (multiplicalopor 5) osea como si aqui te cobraran 124€ por pegarte un pegatina, lo que comentas de acompañarte ha hacer aduana mira ello en todos los viajes sin nesecidad de cobrar el visado te inculyen como un servicio guia en español y asistencia en Aeropuerto osea que esos 34€ no son por acompañarte en nada en el aeropuerot por que eso ya esta inculido en tu viaje cuando lo pagas, el visado representa un forma de sacarte un extra de 23€ que si lo multiplicas por un gurpo de 30 turistas a los que atiende un guia son una fortuna alla con un pder adquisitivo 5 veces inferior al nuestro osea ellos con este TIMO o TRIQUIÑUELA se meten muchos EUROS EXTRAS

            Sobre las Excursiones pasa algo parecido vienes aqui diciendo que valen 70€ jajajaja mira ir a Abu Simbel eran 95€ con el guia y si contratas en Asuaw la misma Excruision por tu cuenta son 15€ osea que vaya sobreprecio NO????? las de el Cairo que el guia te mete a toda costa durante el crucero valen unos 145-150€ los tres dias si los contratas con el guia Ali o otro similar valen 15€ por dia osea 45€ con transporte y guia, si las haces con un taxi por 5€ por persona y dia las haces y tienes un taxista todo el dia a tu servicio eso te da un idea de los precios alla y de ROBO o TIMO que te aplican los guias y las agencias mayoristas que te quieren sacar por este EXTRA mucho DINERO

            Ahora pongamos que vas dos personas vale te meten 23-24€ de sobreprecio en el timo del visado osea 46€ los dos te compras todas las excursiones y pagas uno 500€ cuando por 120 las hacen dos personas en las mismas condiciones si als contratas por tu cuenta y ademas te coacionan y te ponen mala cara si no tragas con este TIMO de las Excurisones Opcionales, le sumamos el Timo de las Propinas en el cual segun dicen ahora te exigen 40€ por cabeza osea otros 80€ y donde ellos dan propinas miserables a todos y adminstran el dinero de 30 turistas y estoy seguro se quedan con la mayora parte de ellas SIGO SUMANDO ya nos ha sableado 500€ en las excursiones opcinales 46€ en visado 80 en propinas y si eres mas confiado y compras en las tiendas donde te lleva el guia terminan de ESTAFARTE yo fuia PAPIROS MATT con el guia el mismo papriro que tengo colagado en mi pasillo constaba alli 50€ yo lo compre regateando en Luxor por 5€ es el mismo papiro en mismo lo tenian en la tienda del Jordi en 5€ tambien y alli en La TIENDAD DEL GUIA algun despisatado pago 50€ o mas por los mismos SOUVENIR que venden en todos lados pero lo peor no es eso, es que yo entre luego en esa tienda PAPIROS MATT sin el guia y me dijo el que me atendia si vienen si guia tiene un 50% del precio VAMOS ESTA CLARO QUIEN SE LLEVA ESE 50% EN COMISION CUANDO COMPRAS EN LAS TIENDAS DEL GUIA

            OSEA PARA CONCLUIR en todas partes uno tiene que ir con los ojos abiertos y el que vaya de turista a Egipto y vaya de CANDIDO o CREA EN EL GUIA lo van a engañar por que para ellos nosotros somos un negocio no sus amigos

            Pero bueno como digo siempre a una persona si le dan tiempo de pensar es dificil engañarlo y si va bien informado y observa menos

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            • #21
              Originalmente Escrito por Ben Ver Mensaje
              ROBO o TIMO que te aplican los guias y las agencias mayoristas que te quieren sacar por este EXTRA mucho DINERO

              Ahora pongamos que vas dos personas vale te meten 23-24€ de sobreprecio en el timo del visado osea 46€ los dos te compras todas las excursiones y pagas uno 500€ cuando por 120 las hacen dos personas en las mismas condiciones si als contratas por tu cuenta y ademas te coacionan y te ponen mala cara si no tragas con este TIMO

              estoy seguro se quedan con la mayora parte de ellas

              compras en las tiendas donde te lleva el guia terminan de ESTAFARTE

              Llevo algun tiempo leyendo en el foro sus comentarios con respecto a los guias, pero creo que hoy se ha sobrepasado.

              Soy guia colegiado en Egipto, mi numerode carnet es el xxxxxxxxxxx. Le pido por favor que se retracte inmediatamente de sus afirmaciones a no ser que tenga pruebas feacientes de ellas.
              Y ruego a los administradores del foro que hagan el favor de pedirle a usted que se retracte de las mismas o sino que aporte pruebas feacientes... Me esta llamando usted, ladron y timador, lo considero un delito de injurias y un delito de calumnias, tipificado en el Codigo Penal espanol

              Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre,

              TÍTULO XI.
              DELITOS CONTRA EL HONOR.
              CAPÍTULO I.
              DE LA CALUMNIA.

              Artículo 205.

              Es calumnia la imputación de un delito hecha con conocimiento de su falsedad o temerario desprecio hacia la verdad.

              Artículo 206. Redacción según Ley Orgánica 15/2003, de 25 de noviembre.

              Las calumnias serán castigadas con las penas de prisión de seis meses a dos años o multa de doce a 24 meses, si se propagaran con publicidad y, en otro caso, con multa de seis a 12 meses.

              Artículo 207.

              El acusado por delito de calumnia quedará exento de toda pena probando el hecho criminal que hubiere imputado.
              CAPÍTULO II.
              DE LA INJURIA.

              Artículo 208.

              Es injuria la acción o expresión que lesionan la dignidad de otra persona, menoscabando su fama o atentando contra su propia estimación.

              Solamente serán constitutivas de delito las injurias que, por su naturaleza, efectos y circunstancias, sean tenidas en el concepto público por graves.

              Las injurias que consistan en la imputación de hechos no se considerarán graves, salvo cuando se hayan llevado a cabo con conocimiento de su falsedad o temerario desprecio hacia la verdad.

              Artículo 209.

              Las injurias graves hechas con publicidad se castigarán con la pena de multa de seis a catorce meses y, en otro caso, con la de tres a siete meses.

              Artículo 210.

              El acusado de injuria quedará exento de responsabilidad probando la verdad de las imputaciones cuando éstas se dirijan contra funcionarios públicos sobre hechos concernientes al ejercicio de sus cargos o referidos a la comisión de faltas penales o de infracciones administrativas.
              CAPÍTULO III.
              DISPOSICIONES GENERALES.

              Artículo 211.

              La calumnia y la injuria se reputarán hechas con publicidad cuando se propaguen por medio de la imprenta, la radiodifusión o por cualquier otro medio de eficacia semejante.

              Artículo 212.

              En los casos a los que se refiere el artículo anterior, será responsable civil solidaria la persona física o jurídica propietaria del medio informativo a través del cual se haya propagado la calumnia o injuria.

              Artículo 213.

              Si la calumnia o injuria fueren cometidas mediante precio, recompensa o promesa, los Tribunales impondrán, además de las penas señaladas para los delitos de que se trate, la de inhabilitación especial prevista en los artículos 42 ó 45 del presente Código, por tiempo de seis meses a dos años.

              Artículo 214.

              Si el acusado de calumnia o injuria reconociere ante la autoridad judicial la falsedad o falta de certeza de las imputaciones y se retractare de ellas, el Juez o Tribunal impondrá la pena inmediatamente inferior en grado y podrá dejar de imponer la pena de inhabilitación que establece el artículo anterior.

              El Juez o Tribunal ante quien se produjera el reconocimiento ordenará que se entregue testimonio de retractación al ofendido y, si éste lo solicita, ordenará su publicación en el mismo medio en que se vertió la calumnia o injuria, en espacio idéntico o similar a aquél en que se produjo su difusión y dentro del plazo que señale el Juez o Tribunal sentenciador.

              Artículo 215.

              1. Redacción según Ley Orgánica 15/2003, de 25 de noviembre. Nadie será penado por calumnia o injuria sino en virtud de querella de la persona ofendida por el delito o de su representante legal. Se procederá de oficio cuando la ofensa se dirija contra funcionario público, autoridad o agente de la misma sobre hechos concernientes al ejercicio de sus cargos.

              2. Nadie podrá deducir acción de calumnia o injuria vertidas en juicio sin previa licencia del Juez o Tribunal que de él conociere o hubiere conocido.

              3. El culpable de calumnia o injuria quedará exento de responsabilidad criminal mediante el perdón de la persona ofendida por el delito o de su representante legal, sin perjuicio de lo dispuesto en el segundo párrafo del número 4. del artículo 130 de este Código.

              Artículo 216.

              En los delitos de calumnia o injuria se considera que la reparación del daño comprende también la publicación o divulgación de la sentencia condenatoria, a costa del condenado por tales delitos, en el tiempo y forma que el Juez o Tribunal consideren más adecuado a tal fin, oídas las dos partes.

              Por lo tanto, estoy en mi derecho de exigir a los administradores del foro, que cese usted en su acoso. O se retracta usted de las acusaciones vertidas en este escrito, o puedo ejercer mi derecho a denunciar las mismas

              Atentamente,

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              • #22
                No queria que nadie se enfadara

                Yo he pedido información porque soy nueva aquí y yo tb he leido esto de los guias.
                Si que me comentaron una chica que ha ido lo que explique, pero ni mucho menos se nada de eso puesto que nunca he ido.
                Yo no he afirmado nada, simplemente he preguntado para informarme de un hecho que en este foro se dice mucho y de lo que me han contado.

                Si pudo leer dije que esperaba que si había lgún guia que no se molestase, pero claro me debe comprender pues al leer en este foro estas cosas las quiero aclarar o quiero que me informen.

                No me retracto,en mi caso, porque yo no he afirmado nada simplemente pregunto para informarme sobre algo que he leido, no me ha pasado a mi.

                Gracias

                Originalmente Escrito por Guia en Egipto Ver Mensaje
                Llevo algun tiempo leyendo en el foro sus comentarios con respecto a los guias, pero creo que hoy se ha sobrepasado.

                Soy guia colegiado en Egipto, mi numerode carnet es el xxxxxxxxxxx. Le pido por favor que se retracte inmediatamente de sus afirmaciones a no ser que tenga pruebas feacientes de ellas.
                Y ruego a los administradores del foro que hagan el favor de pedirle a usted que se retracte de las mismas o sino que aporte pruebas feacientes... Me esta llamando usted, ladron y timador, lo considero un delito de injurias y un delito de calumnias, tipificado en el Codigo Penal espanol

                Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre,

                TÍTULO XI.
                DELITOS CONTRA EL HONOR.
                CAPÍTULO I.
                DE LA CALUMNIA.

                Artículo 205.

                Es calumnia la imputación de un delito hecha con conocimiento de su falsedad o temerario desprecio hacia la verdad.

                Artículo 206. Redacción según Ley Orgánica 15/2003, de 25 de noviembre.

                Las calumnias serán castigadas con las penas de prisión de seis meses a dos años o multa de doce a 24 meses, si se propagaran con publicidad y, en otro caso, con multa de seis a 12 meses.

                Artículo 207.

                El acusado por delito de calumnia quedará exento de toda pena probando el hecho criminal que hubiere imputado.
                CAPÍTULO II.
                DE LA INJURIA.

                Artículo 208.

                Es injuria la acción o expresión que lesionan la dignidad de otra persona, menoscabando su fama o atentando contra su propia estimación.

                Solamente serán constitutivas de delito las injurias que, por su naturaleza, efectos y circunstancias, sean tenidas en el concepto público por graves.

                Las injurias que consistan en la imputación de hechos no se considerarán graves, salvo cuando se hayan llevado a cabo con conocimiento de su falsedad o temerario desprecio hacia la verdad.

                Artículo 209.

                Las injurias graves hechas con publicidad se castigarán con la pena de multa de seis a catorce meses y, en otro caso, con la de tres a siete meses.

                Artículo 210.

                El acusado de injuria quedará exento de responsabilidad probando la verdad de las imputaciones cuando éstas se dirijan contra funcionarios públicos sobre hechos concernientes al ejercicio de sus cargos o referidos a la comisión de faltas penales o de infracciones administrativas.
                CAPÍTULO III.
                DISPOSICIONES GENERALES.

                Artículo 211.

                La calumnia y la injuria se reputarán hechas con publicidad cuando se propaguen por medio de la imprenta, la radiodifusión o por cualquier otro medio de eficacia semejante.

                Artículo 212.

                En los casos a los que se refiere el artículo anterior, será responsable civil solidaria la persona física o jurídica propietaria del medio informativo a través del cual se haya propagado la calumnia o injuria.

                Artículo 213.

                Si la calumnia o injuria fueren cometidas mediante precio, recompensa o promesa, los Tribunales impondrán, además de las penas señaladas para los delitos de que se trate, la de inhabilitación especial prevista en los artículos 42 ó 45 del presente Código, por tiempo de seis meses a dos años.

                Artículo 214.

                Si el acusado de calumnia o injuria reconociere ante la autoridad judicial la falsedad o falta de certeza de las imputaciones y se retractare de ellas, el Juez o Tribunal impondrá la pena inmediatamente inferior en grado y podrá dejar de imponer la pena de inhabilitación que establece el artículo anterior.

                El Juez o Tribunal ante quien se produjera el reconocimiento ordenará que se entregue testimonio de retractación al ofendido y, si éste lo solicita, ordenará su publicación en el mismo medio en que se vertió la calumnia o injuria, en espacio idéntico o similar a aquél en que se produjo su difusión y dentro del plazo que señale el Juez o Tribunal sentenciador.

                Artículo 215.

                1. Redacción según Ley Orgánica 15/2003, de 25 de noviembre. Nadie será penado por calumnia o injuria sino en virtud de querella de la persona ofendida por el delito o de su representante legal. Se procederá de oficio cuando la ofensa se dirija contra funcionario público, autoridad o agente de la misma sobre hechos concernientes al ejercicio de sus cargos.

                2. Nadie podrá deducir acción de calumnia o injuria vertidas en juicio sin previa licencia del Juez o Tribunal que de él conociere o hubiere conocido.

                3. El culpable de calumnia o injuria quedará exento de responsabilidad criminal mediante el perdón de la persona ofendida por el delito o de su representante legal, sin perjuicio de lo dispuesto en el segundo párrafo del número 4. del artículo 130 de este Código.

                Artículo 216.

                En los delitos de calumnia o injuria se considera que la reparación del daño comprende también la publicación o divulgación de la sentencia condenatoria, a costa del condenado por tales delitos, en el tiempo y forma que el Juez o Tribunal consideren más adecuado a tal fin, oídas las dos partes.

                Por lo tanto, estoy en mi derecho de exigir a los administradores del foro, que cese usted en su acoso. O se retracta usted de las acusaciones vertidas en este escrito, o puedo ejercer mi derecho a denunciar las mismas

                Atentamente,

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                • #23
                  Originalmente Escrito por Guia en Egipto Ver Mensaje
                  Llevo algun tiempo leyendo en el foro sus comentarios con respecto a los guias, pero creo que hoy se ha sobrepasado.

                  Soy guia colegiado en Egipto, mi numerode carnet es el xxxxxxxxxxx. Le pido por favor que se retracte inmediatamente de sus afirmaciones a no ser que tenga pruebas feacientes de ellas.
                  Y ruego a los administradores del foro que hagan el favor de pedirle a usted que se retracte de las mismas o sino que aporte pruebas feacientes... Me esta llamando usted, ladron y timador, lo considero un delito de injurias y un delito de calumnias, tipificado en el Codigo Penal espanol

                  Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre,

                  TÍTULO XI.
                  DELITOS CONTRA EL HONOR.
                  CAPÍTULO I.
                  DE LA CALUMNIA.

                  Artículo 205.

                  Es calumnia la imputación de un delito hecha con conocimiento de su falsedad o temerario desprecio hacia la verdad.

                  Artículo 206. Redacción según Ley Orgánica 15/2003, de 25 de noviembre.

                  Las calumnias serán castigadas con las penas de prisión de seis meses a dos años o multa de doce a 24 meses, si se propagaran con publicidad y, en otro caso, con multa de seis a 12 meses.

                  Artículo 207.

                  El acusado por delito de calumnia quedará exento de toda pena probando el hecho criminal que hubiere imputado.
                  CAPÍTULO II.
                  DE LA INJURIA.

                  Artículo 208.

                  Es injuria la acción o expresión que lesionan la dignidad de otra persona, menoscabando su fama o atentando contra su propia estimación.

                  Solamente serán constitutivas de delito las injurias que, por su naturaleza, efectos y circunstancias, sean tenidas en el concepto público por graves.

                  Las injurias que consistan en la imputación de hechos no se considerarán graves, salvo cuando se hayan llevado a cabo con conocimiento de su falsedad o temerario desprecio hacia la verdad.

                  Artículo 209.

                  Las injurias graves hechas con publicidad se castigarán con la pena de multa de seis a catorce meses y, en otro caso, con la de tres a siete meses.

                  Artículo 210.

                  El acusado de injuria quedará exento de responsabilidad probando la verdad de las imputaciones cuando éstas se dirijan contra funcionarios públicos sobre hechos concernientes al ejercicio de sus cargos o referidos a la comisión de faltas penales o de infracciones administrativas.
                  CAPÍTULO III.
                  DISPOSICIONES GENERALES.

                  Artículo 211.

                  La calumnia y la injuria se reputarán hechas con publicidad cuando se propaguen por medio de la imprenta, la radiodifusión o por cualquier otro medio de eficacia semejante.

                  Artículo 212.

                  En los casos a los que se refiere el artículo anterior, será responsable civil solidaria la persona física o jurídica propietaria del medio informativo a través del cual se haya propagado la calumnia o injuria.

                  Artículo 213.

                  Si la calumnia o injuria fueren cometidas mediante precio, recompensa o promesa, los Tribunales impondrán, además de las penas señaladas para los delitos de que se trate, la de inhabilitación especial prevista en los artículos 42 ó 45 del presente Código, por tiempo de seis meses a dos años.

                  Artículo 214.

                  Si el acusado de calumnia o injuria reconociere ante la autoridad judicial la falsedad o falta de certeza de las imputaciones y se retractare de ellas, el Juez o Tribunal impondrá la pena inmediatamente inferior en grado y podrá dejar de imponer la pena de inhabilitación que establece el artículo anterior.

                  El Juez o Tribunal ante quien se produjera el reconocimiento ordenará que se entregue testimonio de retractación al ofendido y, si éste lo solicita, ordenará su publicación en el mismo medio en que se vertió la calumnia o injuria, en espacio idéntico o similar a aquél en que se produjo su difusión y dentro del plazo que señale el Juez o Tribunal sentenciador.

                  Artículo 215.

                  1. Redacción según Ley Orgánica 15/2003, de 25 de noviembre. Nadie será penado por calumnia o injuria sino en virtud de querella de la persona ofendida por el delito o de su representante legal. Se procederá de oficio cuando la ofensa se dirija contra funcionario público, autoridad o agente de la misma sobre hechos concernientes al ejercicio de sus cargos.

                  2. Nadie podrá deducir acción de calumnia o injuria vertidas en juicio sin previa licencia del Juez o Tribunal que de él conociere o hubiere conocido.

                  3. El culpable de calumnia o injuria quedará exento de responsabilidad criminal mediante el perdón de la persona ofendida por el delito o de su representante legal, sin perjuicio de lo dispuesto en el segundo párrafo del número 4. del artículo 130 de este Código.

                  Artículo 216.

                  En los delitos de calumnia o injuria se considera que la reparación del daño comprende también la publicación o divulgación de la sentencia condenatoria, a costa del condenado por tales delitos, en el tiempo y forma que el Juez o Tribunal consideren más adecuado a tal fin, oídas las dos partes.

                  Por lo tanto, estoy en mi derecho de exigir a los administradores del foro, que cese usted en su acoso. O se retracta usted de las acusaciones vertidas en este escrito, o puedo ejercer mi derecho a denunciar las mismas

                  Atentamente,
                  Vamos a ver GUIA DE EGIPTO 1 MENSAJE y ademas experto en derecho de corta y pega

                  Yo no me retrato me reafirmo el visado para un turista en Egipto vale 15$ segun se ve en la foto y segun el gobierno Egipcio exige que un turista page 15$ pege esta pegatina en cualquier hoja de su pasaporte y ya tiene VISA O VISADO osea que cobrar 34€ por visado para mi es un TIMO O ESTAFA

                  Yo en mi contrato que firme y es el tipo o modelo normal para todos los viajes deja bien claro que el visado lo saca y es responsabilidad del turista por que esto es lo legal ahora si a mi un guia o una agencia me exige 34e obligatorios para sacar el visado que vale 15$ (11€) esto es una ESTAFA

                  Sobre las propinas El cotrato tio dice que son para el personal de servicio y se entregan al final del viaje, si te las exige el guia al principio por un monto fijado por la AGENCIO o GUIA estoes un incumplimiento de contrato y yo como turista no estoy obligado a ceder a tal peticion pero si elguia de turno me amenaza con no devolverme mis billetes aereos o cualquier otra amenaza estos e llama CHATAJE

                  Sobre las tiendas donde los guias llevan al turista y donde los precios estan inflados varias veces en comparacion con todos los comercios de Egipto esto es un ABUSO y tambien es un TIMO en mi opinion

                  En cuanto al precio de las excursiones opcionales a mi me parecen caras y desproporcinadas al nivel de vida o poder adquistivo Egipcio y por tanto considero que ninguna turista las deberia contratar pero si cuando en tu derecho intentas contratar una excusione a Abu Simbel en Asuaw por libre y recibes algun tipo de impedimento por parte del guia o mayorista o se amenaza al turista esto es un Abuso en mi opinion y entra dentro de practicas no muy dignas

                  AHora bien GUIA DE EGITO COLEGIDO CARNET XXXXXXXX si usted me dice que esto no existe que no cobran el visado por 34E cuando vale 15$ segun su gobierno que no exigen las propinas adelantadas y admistridas por el guia o que lleva a la gente a tiendas o piden precios astronomicos por excursiones opcionales si usted me dice que esto no es verdad yo creo que todos los que hemos ido o los que vaya cuando regresen sabran quien dice la verdad y quien no

                  Yo humildemente le dire que croe que la admistracion de este foro y su moderador ya ha leido muchas veces estas historias y creo que avisar al turista de estas practicas no es un delito es un favor y que cada turista debe ir con los ojos abiertos sabiendo sus derechos y no dejandose imponer cosas que no son correctas por parte de nadie

                  Yo no estoy acosando anadie y menos a usted que por lo visto es la primera vez que usted escribe en el foro osea que dejese de inventar cosas y apliquese el cuento y todo el corta-pega que dejo aqui, usted si me esta calunniando cuando dice que y lo acoso

                  Pero bueno como le imagino que usted es un DOBLE-NICK inventad por las de siempre osea que bienvenido al mundo de "maricarmen y sus muñecos"

                  Si de todas formas usted cree que tiene algun derecho vaya a un tribuenal y denuncie o intente denuciar mas bien esto y vera como le haran volver rapido a la realidad

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                  • #24
                    Originalmente Escrito por Ben Ver Mensaje
                    Vamos a ver GUIA DE EGIPTO 1 MENSAJE y ademas experto en derecho de corta y pega

                    Yo no me retrato me reafirmo el visado para un turista en Egipto vale 15$ segun se ve en la foto y segun el gobierno Egipcio exige que un turista page 15$ pege esta pegatina en cualquier hoja de su pasaporte y ya tiene VISA O VISADO osea que cobrar 34€ por visado para mi es un TIMO O ESTAFA

                    Yo en mi contrato que firme y es el tipo o modelo normal para todos los viajes deja bien claro que el visado lo saca y es responsabilidad del turista por que esto es lo legal ahora si a mi un guia o una agencia me exige 34e obligatorios para sacar el visado que vale 15$ (11€) esto es una ESTAFA

                    Sobre las propinas El cotrato tio dice que son para el personal de servicio y se entregan al final del viaje, si te las exige el guia al principio por un monto fijado por la AGENCIO o GUIA estoes un incumplimiento de contrato y yo como turista no estoy obligado a ceder a tal peticion pero si elguia de turno me amenaza con no devolverme mis billetes aereos o cualquier otra amenaza estos e llama CHATAJE

                    Sobre las tiendas donde los guias llevan al turista y donde los precios estan inflados varias veces en comparacion con todos los comercios de Egipto esto es un ABUSO y tambien es un TIMO en mi opinion

                    En cuanto al precio de las excursiones opcionales a mi me parecen caras y desproporcinadas al nivel de vida o poder adquistivo Egipcio y por tanto considero que ninguna turista las deberia contratar pero si cuando en tu derecho intentas contratar una excusione a Abu Simbel en Asuaw por libre y recibes algun tipo de impedimento por parte del guia o mayorista o se amenaza al turista esto es un Abuso en mi opinion y entra dentro de practicas no muy dignas

                    AHora bien GUIA DE EGITO COLEGIDO CARNET XXXXXXXX si usted me dice que esto no existe que no cobran el visado por 34E cuando vale 15$ segun su gobierno que no exigen las propinas adelantadas y admistridas por el guia o que lleva a la gente a tiendas o piden precios astronomicos por excursiones opcionales si usted me dice que esto no es verdad yo creo que todos los que hemos ido o los que vaya cuando regresen sabran quien dice la verdad y quien no

                    Yo humildemente le dire que croe que la admistracion de este foro y su moderador ya ha leido muchas veces estas historias y creo que avisar al turista de estas practicas no es un delito es un favor y que cada turista debe ir con los ojos abiertos sabiendo sus derechos y no dejandose imponer cosas que no son correctas por parte de nadie

                    Yo no estoy acosando anadie y menos a usted que por lo visto es la primera vez que usted escribe en el foro osea que dejese de inventar cosas y apliquese el cuento y todo el corta-pega que dejo aqui, usted si me esta calunniando cuando dice que y lo acoso

                    Pero bueno como le imagino que usted es un DOBLE-NICK inventad por las de siempre osea que bienvenido al mundo de "maricarmen y sus muñecos"

                    Si de todas formas usted cree que tiene algun derecho vaya a un tribuenal y denuncie o intente denuciar mas bien esto y vera como le haran volver rapido a la realidad

                    Disculpeme usted por no haberle podido contestar antes, estaba "laborando", ya sabe usted.

                    Permitame, que le replique con el mayor respeto y la mayor educacion que usted merece... Por favor, guardese usted la muleta, porque no le voy a entrar al trapo, no suelo gastar el dedo y menos la saliba en personajillos que no lo merecen.

                    Esta sera mi ultima intervencion y mi ultima replica a usted, a partir de ahora, si tengo algo que decir, por supuesto que lo hare en los tribunales, para eso el foro y los administradores del foro son los RESPONSABLE CIVILES SUBSIDIARIOS de las opiniones que aqui se vierten, por mucho que adviertan los mismos que no se hacen responsables de las mismas, ya le voy advirtiendo que si existe jurisprudencia sobre el asunto.

                    Que tenga usted una buena tarde-noche de domingo


                    Edito, todavia estoy esperando de usted una simple disculpa ya que no pido que se retracte de sus "aportaciones", no mas insultos por su parte.

                    Comment


                    • #25
                      Ben...gracias

                      Ben gracias por todo eres una gran ayuda.
                      A mi peresonalmente me has ayudado mucho¡¡¡¡¡

                      Comment


                      • #26
                        Originalmente Escrito por nugaegiptian Ver Mensaje
                        Ben gracias por todo eres una gran ayuda.
                        A mi peresonalmente me has ayudado mucho¡¡¡¡¡
                        ¿En que ayuda un personaje cuya única aportación es repetirse una y otra vez en lo del visado e insultar repetidamente?

                        Los hay que se conforman con nada.

                        Comment


                        • #27
                          nugaegiptian Gracias ati por tu comentario mira yo estoy aqui por gente como tu que va por primera vez y que seguro el ir con los ojos abiertos le servira y se evitaran timos

                          userkaf mira tambien permanesco aqui por gente como tu que cuando entre aqui en el foro sin motivo me empezo a atacar leugo alguna de estas personas que me atacaron resulto ser una LISTA que vive de vender TURISMO y los mismos timos que yo denuncio y critico bueno sabes a gete cmo tu le deben mi permanencia en el foro y mi insitencia para que gente como la anterios compañera se entere y cuando vuelva venga sabiendo quien dice la verda y que contamina estos temas

                          GUIA DE EGIPTO (3 mensajes) mira ve a pedirle una disculpa a alguien que te ataque yo a ti con no te conosco es la segunda vez que intercambio un comentario contigo bueno con ese NICK claro jajajaja y ni te acoso ni te difamo ni te insulto osea que ve con ese cuento a otro lado

                          "LA JURISPRUDENCIA DE LOS LETRADOS" Aqui es un tema ya discutido con otros NICK osea que no lo dudes mas DENUNCIME A MI YAJAJAJAJAJA deja al foro tranquilo que no es responsable de los comentarios vertidos aqui ni por mi ni por ti en tus diferentes NICK

                          NO me retracto de nada para mi todo lo que digo es verdad y es mi opinion


                          A DENUNCIAR

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                          • #28
                            Originalmente Escrito por Guia en Egipto Ver Mensaje
                            Disculpeme usted por no haberle podido contestar antes, estaba "laborando", ya sabe usted.

                            Permitame, que le replique con el mayor respeto y la mayor educacion que usted merece... Por favor, guardese usted la muleta, porque no le voy a entrar al trapo, no suelo gastar el dedo y menos la saliba en personajillos que no lo merecen.

                            Esta sera mi ultima intervencion y mi ultima replica a usted, a partir de ahora, si tengo algo que decir, por supuesto que lo hare en los tribunales, para eso el foro y los administradores del foro son los RESPONSABLE CIVILES SUBSIDIARIOS de las opiniones que aqui se vierten, por mucho que adviertan los mismos que no se hacen responsables de las mismas, ya le voy advirtiendo que si existe jurisprudencia sobre el asunto.

                            Que tenga usted una buena tarde-noche de domingo


                            Edito, todavia estoy esperando de usted una simple disculpa ya que no pido que se retracte de sus "aportaciones", no mas insultos por su parte.


                            Ohhh,lo siento Guia en egipto pero pedirle algo al Señor Ben es como predicar en el desierto...........

                            Casi que le aconsejo no sentirse aludido por sus insinuaciones,si; ya se que es difícil cuando Ben intenta medir a todos con el mismo rasero ,pero no se preocupe que aqui ya todos sabemos discernir.

                            Que ahora le acusa incluso de ser un doble nick???Tampoco se apure,supongo que cuando no se tienen argumentos uno se agarra a lo que sea.........si,es triste pero....es lo que hay con este forero.
                            Saludos y bienvenido al foro


                            ماريام

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                            • #29
                              [QUOTE=Ben;147577]...

                              userkaf mira tambien permanesco aqui por gente como tu que cuando entre aqui en el foro sin motivo me empezo a atacar leugo alguna de estas personas que me atacaron resulto ser una LISTA que vive de vender TURISMO y los mismos timos que yo denuncio y critico bueno sabes a gete cmo tu le deben mi permanencia en el foro y mi insitencia para que gente como la anterios compañera se entere y cuando vuelva venga sabiendo quien dice la verda y que contamina estos temas ...QUOTE]

                              Si entendiera lo que escribes te respondería. Lo siento.

                              Comment


                              • #30
                                [QUOTE=userkaf;147592]
                                Originalmente Escrito por Ben Ver Mensaje
                                ...

                                userkaf mira tambien permanesco aqui por gente como tu que cuando entre aqui en el foro sin motivo me empezo a atacar leugo alguna de estas personas que me atacaron resulto ser una LISTA que vive de vender TURISMO y los mismos timos que yo denuncio y critico bueno sabes a gete cmo tu le deben mi permanencia en el foro y mi insitencia para que gente como la anterios compañera se entere y cuando vuelva venga sabiendo quien dice la verda y que contamina estos temas ...QUOTE]

                                Si entendiera lo que escribes te respondería. Lo siento.
                                Aisss pues está difícil Userkaf ,pero mira;yo entiendo que "su verdad" contamina temas.
                                Y creo entender que debemos agradecerte a ti su permanencia en el foro.
                                Ohh Userkaf,esto último me contraría.........ahora ya no me vas a poder caer bien.

                                Saludos


                                ماريام

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